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Alejandro Canales Sánchez

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El Foro en los tribunales

Canales-Sánchez, A. (septiembre 01, 2022). El Foro en los tribunales. Suplemento Campus Milenio. Núm. 962. 2022-09-01

Todavía no es un hecho en la realidad real, pero es probable que el reciente amparo logrado por Patricia Zúñiga, primera secretaria técnica del desaparecido Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), pudiera resolver de una vez por todas las acusaciones desproporcionadas que pesan sobre científicos y ex funcionarios de la administración anterior.

Según la nota de Rubén Mosso de MILENIO, un tribunal federal le concedió un amparo a la ex secretaria técnica y la sentencia “ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) determinar el no ejercicio de la acción penal en su contra y archivar el asunto de manera definitiva por no existir delito que perseguir” (MILENIO 24.08.2022: 6).

Sin embargo, no hay ninguna seguridad de que la FGR acate la sentencia. Por una parte, las decisiones del sistema de justicia penal son intrincadas, sinuosas e insondables, porque siempre hay una zona oscura del sistema que escapa a la comprensión y a la vigilancia del orden legal, pero cuyas consecuencias, para bien y para mal, siempre las padece el ciudadano común.

Por otra parte, y tal vez más decisivo, la FGR ha dado sobradas muestras de actuar al filo de la legalidad y la revancha en determinados casos. El rigor, la búsqueda de evidencias, la tenacidad y la persecución corre por las estructuras de cualquier entidad de procuración de justicia, el problema es que la FGR, a pesar de una evidente falta de pruebas, parece obstinarse en acusar y fincar responsabilidades sin sustento.

No hace falta citar la ambigüedad de los casos de alto relieve político que están en curso o el polémico episodio personal del fiscal y su familia política, el proceso mismo del Foro muestra el talante de la fiscalía y el tratamiento que dispensa. Hace casi un año, en septiembre del año pasado, cuando por segunda ocasión un juez rechazó las órdenes de aprehensión de los científicos acusados, todo parecía indicar que ahí concluía todo.

No obstante, la FGR hizo pública su posición y dijo que el criterio del juez para rechazar las acusaciones “no era aceptable” y añadió: “se volverá a solicitar la orden de aprehensión, explicando con toda claridad lo que se considera un hecho delictivo patrimonial imputable a dichas personas, así como las pruebas que lo acreditan” (Comunicado 377/21. 22.092021). El fiscal redobló su búsqueda de pruebas y amplió el número de personas investigadas

Un mes después, en octubre del 2021, la Comisión Nacional de Derecho Humanos (CNDH), emitió un pronunciamiento público para solicitar una media docena de medidas cautelares a la FGR a favor de miembros de la comunidad científica y en particular del grupo de personas acusadas.

La intervención de la CNDH se debía a una reiterada filtración de información de expedientes judiciales y nombres de personas acusadas. Algunas de las medidas cautelares que demandaba incluían: “evitar dar a conocer públicamente nombres de personas a quienes no se les impute ningún delito”, abstenerse de actuar o comprometer información que impida el debido proceso, así como, permitir a los acusados el acceso a las carpetas de investigación y no difundir “información que perjudique la dignidad y el honor de las personas quejosas” (Pronunciamiento 22.10.2021).

La CNDH tiene atribuciones para dirigirse a las autoridades responsables y exigirles respuestas, en este caso le dio a la FGR un plazo perentorio de 24 horas. Al día siguiente estuvo la respuesta de la fiscalía: “me permito manifestar a usted que se acepta dicha comunicación; pero no así su contenido» (Comunicado No. 432/21 23.10.2021).

La entidad procuradora de justicia expuso sus razones y negó que hubiera incurrido en actos indebidos. Finalizó señalando que las normas indican que no debe haber reserva alguna de información sobre posibles hechos de corrupción y, por si no fuera suficiente, como punto final agregó que las medidas de protección de derechos humanos también son para el personal de los ministerios públicos.

Así que no, ni el rechazo de jueces ni el pronunciamiento de la CNDH y menos la sanción social, han provocado la rectificación del fiscal general. ¿Ahora podría ser distinto? La nota de MILENIO reporta que el ministro ponente, Juan José Olvera López, destacó que la decisión previa de un juez mostró que los hechos no eran constitutivos de delito y añadió: si esa es la conclusión y el asunto está en etapa de investigación inicial «el fiscal debe resolver el ejercicio y mandarla al archivo, es disposición legal expresa”.

En fin, por desgracia sabemos que el marco de las leyes puede decir una cosa y los hechos marchan por un lado distinto. Tampoco es mejor, nada mejor, la certeza sobre los procesos de investigación penal, el sistema de procuración de justicia y el vínculo que guarda con el poder político. Y todo puede convertirse en una auténtica pesadilla.

La disputa legal entre el FCCyT y las autoridades lleva casi tres años y lo único cierto es que no concluirá hasta que la FGR así lo decida.

Pie de página: España aprueba una nueva ley de ciencia y tiene sus novedades, acá las veremos. // ¿La Conabio formará parte del inventario de las instituciones que fueron? Atentos.




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