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Alejandro Canales Sánchez

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Las claves de la nueva ley de Ciencia y Tecnología… en España

Canales-Sánchez, A. (septiembre 22, 2022). Las claves de la nueva ley de Ciencia y Tecnología… en España. Suplemento Campus Milenio. Núm. 965. 2022-09-22

Al final del mes pasado, cuando el Congreso español aprobó la nueva ley de ciencia, el comunicado oficial destacó en primer lugar el nivel de financiamiento público que establece la nueva norma para la Investigación y el Desarrollo Experimental (GIDE): un indicador creciente que alcanzará 1.25 por ciento del PIB para el año 2030 y llegará en ese mismo año a 3 por ciento si se añade la inversión privada (La Moncloa 25.08.2022).

No está mal, nada mal. Tómese en cuenta que actualmente España destina 1.40 por ciento del PIB para el GIDE y de ese total, casi la mitad son recursos privados, otro 38 por ciento son recursos públicos y la parte restante proviene de otras fuentes de financiamiento (OCDE, 2020). O sea, si se cumple lo que dice la ley, España más que duplicará su nivel de financiamiento para el sector en los próximos ocho años y la participación relativa gubernamental casi se triplicará.

También considérese, como punto de referencia, que México actualmente gasta alrededor del 0.30 por ciento del PIB para el mismo fin. Es decir, apenas una quinta parte de lo que destina España. Además, del total gasto, y según la misma fuente de información, el gobierno mexicano, con un 77 por ciento, tiene la mayor aportación relativa; el gasto privado apenas alcanza un 18 por ciento.

La ley mexicana estableció desde el 2002 que el nivel de gasto debería ser de 1 por ciento respecto al PIB, pero dos décadas han sido insuficientes para lograrlo y ahora estamos más lejos de la meta que hace una década. Incluso, en el próximo debate sobre la eventual nueva ley general para el sector, el proyecto gubernamental omite el indicador. ¿Lo verá inalcanzable? Probablemente.

Tal vez no deberíamos resignarnos en el tema del financiamiento y tampoco pensar que es el único. El caso de España, ahora que su ley ya está publicada y entró en vigor, ofrece puntos de referencia que valdría la pena considerar (BOE 14581-06.07.2022). Por ejemplo, indica que la nueva ley española se concentró en tres debilidades detectadas de su sistema científico y tecnológico.

En primer lugar, en las carencias relativas a la carrera y desarrollo profesional del personal de investigación. No es un asunto menor. Un personal altamente calificado y estable es crucial para cualquier aparato científico en el mundo, porque constituye la base de su funcionamiento, pero también porque no se puede improvisar y por el tiempo y costo implicado en su formación. Los jóvenes posdoc en México lo testifican.

España, como muchas otras naciones, también ha experimentado las dificultades de un mercado académico saturado, una alta movilidad internacional de sus jóvenes investigadores y una accidentada inserción laboral para sus egresados. Por la misma razón, la nueva ley establece dos medidas de apoyo a la carrera académica que permitirían impulsar y retener a sus investigadores talentosos.

Por una parte, para fomentar una atractiva carrera profesional pública: “el diseño de un itinerario postdoctoral que conduzca a la incorporación estable de investigadores e investigadoras al sistema y su desarrollo profesional posterior”. Una iniciativa que, dice la exposición de motivos, está inspirada en el modelo “tenure track” anglosajón y facilitará reducir la edad de incorporación al sistema y la endogamia, así como mejorar la predictibilidad y estabilidad de su carrera.

Por otra parte, “la introducción de una nueva modalidad contractual laboral indefinida vinculada al desarrollo de actividades científico-técnicas para todo tipo de personal de investigación en el marco de líneas de investigación definidas”. Esta segunda medida fue la que provocó mayor oposición y discusión entre los partidos políticos españoles representados en el Congreso porque, argumentaron algunos, los contratos indefinidos comprometen la sostenibilidad de las instituciones y las indemnizaciones presionarán las finanzas. Sin embargo, muchos otros celebraron la aprobación.

En segundo lugar, la nueva ley actualiza las reglas para la transferencia de conocimiento y resultados de investigación. A este respecto, propone que el personal de investigación reciba incentivos para que publique sus resultados de investigación en “acceso abierto” y transfiera el conocimiento. También, entre otros aspectos, propone incorporar y valorar la transferencia de conocimiento al mismo nivel que la investigación y la docencia.

Finalmente, en tercer lugar, la reciente ley propone mejorar los mecanismos de gobernanza y funcionamiento del sistema español de ciencia, tecnología e innovación. No solamente incluye llegar a un financiamiento público de GIDE de 1.25 del PIB para el año 2030, también considera unificar la política de innovación y la política científica y técnica, facilitar el procedimiento de subvenciones públicas, o bien, la simplificación administrativa de contribuciones y aportaciones internacionales, así como de las evaluaciones y acreditaciones.

Además, reconoce el valor de la ciencia como bien común, el libre acceso a datos de investigaciones, el fomento a la participación de la sociedad, utiliza y promueve un enfoque transversal de género.

En fin, hay otros detalles de la ley española, aunque también vale la pena notar que no todo es nuevo para la legislación mexicana. Sin embargo, no hay duda de que frente al diseño de una nueva ley general nacional conviene tomar nota de la experiencia internacional, las limitaciones más punzantes del sistema científico mexicano, la ponderación de elementos clave y, muy en especial, no retroceder en lo ya alcanzado.

Pie de página: Y pues sí, muy difícilmente podría ser de otro modo, el Comité Externo de Evaluación calificó el desempeño del CIDE durante el año 2021 como “poco satisfactorio”.




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