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Alejandro Canales Sánchez

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Conacyt: ¿Paridad, transparencia… y la nueva ley general?

Canales-Sánchez, A. (septiembre 29, 2022). Conacyt: ¿Paridad, transparencia… y la nueva ley general?. Suplemento Campus Milenio. Núm. 966. 2022-09-29

Las modificaciones a la Ley Orgánica del Conacyt en materia de transparencia y paridad de género aprobadas por los diputados son relevantes, aunque una de ellas no fue aprobada por consenso y tampoco es la que originalmente se proponía. Todavía falta que los senadores las ratifiquen y, si fuera el caso, sus efectos prácticos no serán inmediatos, pero sí harán una diferencia.

El organismo es la cabeza del sector, pero él y su ley orgánica deben supeditarse a lo que establezca la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Esta última, a su vez, sigue a la espera de ser sustituida por una ley general y cuyo plazo de aprobación venció en diciembre del 2020.

Un principio elemental de jerarquía normativa diría que primero debe ser acordada la ley general y después adecuar los diversos ordenamientos dependientes, como es el caso de las recientes modificaciones a la ley orgánica. Sin embargo, ante las disputas políticas y el evidente retraso de dos años de la nueva ley, algunas modificaciones se han impulsado sí o sí. Unas a contracorriente de la jerarquía legal, como los cambios en los órganos de gobierno del sector y las reformas al reglamento del SNI; otras siguiendo el proceso en el Congreso.

Las dos modificaciones aprobadas son acuerdos de los diputados y seguramente no habría dificultad en recuperarlas en una nueva ley general. La primera fue añadir, en el artículo 5, un párrafo para precisar obligaciones de su máximo órgano de gobierno: “El sentido de las votaciones de las sesiones de la Junta de Gobierno, así como las actas de las sesiones serán publicadas en el sitio de Internet del Conacyt, en los términos que para ello establezca la ley de la materia” (versión estenográfica 22.09.2022).

La publicación de las actas de la Junta es una buena medida. No obstante, lo aprobado no fue por consenso y no era la propuesta original. La diputada Ana María Balderas Trejo del Partido Acción Nacional la presentó en comisiones y planteaba modificar la composición de la junta, también los requisitos para ocupar la dirección general del Conacyt y un periodo de cinco días para dar a conocer las actas de la Junta de Gobierno. El dictamen de la comisión de ciencia la rechazó y la modificó en los términos ya referidos.

Además, ya en el pleno, por la argumentación de la autora de la iniciativa, la diputada Lidia Pérez Barcenas de Morena replicó: “yo creo que es lamentable que la iniciativa que se acaba de poner a discusión y la propia proponente, no haya cuidado un dictamen que estaba en consenso y haya utilizado la tribuna para criticar y golpear la política del gobierno federal. Por eso, nosotros vamos a votar en contra de esta iniciativa, aun a pesar que habíamos estado en consenso” (versión estenográfica 22.09.2022).

Así fue, la aprobación tuvo 299 votos a favor, 173 en contra y cuatro abstenciones (tres del Partido del Trabajo y una de un legislador de Morena). La negociación no se sostuvo, la disputa afloró y esas disputas tal vez expliquen por qué sigue sin acordarse los términos de una nueva ley general.

Por el contrario, la propuesta de añadir una fracción IV al artículo 13 de la misma ley orgánica, presentada por la diputada Gabriela Sodi Miranda del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, fue aprobada por consenso: 467 a favor, tres abstenciones (de legisladoras de Acción Nacional) y ninguno en contra.

El actual artículo 13 precisa las condiciones a cumplir para la distribución de recursos del Conacyt sobre programas, proyectos, estudios, investigaciones, becas y cualquier otro apoyo económico. Las primeras tres fracciones se refieren a su correcta aplicación, la celebración de convenios y los derechos de propiedad intelectual, respectivamente. La propuesta fue añadir una cuarta condición que dice: «La distribución de estos apoyos deberá ajustarse al principio de paridad entre géneros, favoreciendo las condiciones para la participación equitativa de las mujeres en la ciencia».

Un avance importante en materia de paridad de género que está en la misma línea de lo que ya señala el artículo 4° constitucional y la normatividad del sector. Por ejemplo, la propia Ley Orgánica del Conacyt ya incluye que su Junta de Gobierno se “conformará garantizando el principio de paridad de género por trece integrantes”. O bien, el artículo 2 de la ley de ciencia vigente, el que se refiere a las bases para una política de Estado, en su fracción VIII precisa que una de ellas debe promover “la inclusión de la perspectiva de género con una visión transversal”.

Seguramente no será sencillo alcanzar un principio paritario de género en todos los apoyos del Conacyt, en especial cuando exista un marcado desequilibrio en las solicitudes, por lo que tal vez, primero, deba allanarse el camino de las solicitudes de unas y otros para que se expresen sin obstáculos. Debe tenerse presente que no significa un mayor volumen de recursos, porque el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara ha valorado que lo aprobado no tiene un impacto presupuestario porque no requiere recursos adicionales.

En fin, seguimos con ligeros avances en normas subsidiarias, esperemos la ratificación del Senado y tal vez una complicada negociación en la próxima discusión de la ley general.

Pie de página: Ya salieron los resultados de los proyectos beneficiados con estímulos fiscales de este año: una docena de proyectos y apenas suman 380 millones de pesos.




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