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Alejandro Canales Sánchez

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El nuevo SNI y sus instancias de decisión

Canales-Sánchez, A. (junio 15, 2023). El nuevo SNI y sus instancias de decisión. Suplemento Campus Milenio. Núm. 1001. 2023-06-15

Al momento de escribir este texto, al inicio de esta semana, todavía no estaba claro si se conservaría o no la fecha de cierre de convocatoria del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) para este viernes 16 de junio. Algunos aspirantes, en redes sociales, solicitaban una prórroga de plazo por la inestabilidad y las fallas de la nueva plataforma informática del programa.

Las dificultades técnicas de la plataforma rizoma, el medio para ingresar al SNI, “soberana y disruptiva” la llamaron las autoridades, no han cesado desde el momento mismo de su liberación. Sin embargo, ese no es el principal problema, cabría suponer que en algún punto los obstáculos prácticos serán resueltos y la plataforma funcionará conforme lo previsto. Lo relevante es qué resultados mostrará el programa a partir de este año.

El SNI ha experimentado cambios casi desde su instauración hace casi cuatro décadas, pero todos ellos conservaron el objetivo del programa y los principios de funcionamiento. Ahora, sin embargo, su propósito es otro y otras las reglas de juego que enmarcan la operación del programa. En los últimos cuatro años, el reglamento del programa ha sido modificado en media docena de ocasiones. La última vez fue en agosto del año pasado y es el reglamento vigente.

Tal vez en breve habrá un ajuste más en el reglamento para armonizarlo con lo que ahora establece la nueva ley general de ciencia. Por ejemplo, el reglamento dice que el máximo órgano de decisión del SNI es el Consejo General, presidido por la persona titular del Conacyt, cinco funcionarios de alto nivel del mismo organismo, tres representantes del SNI, dos de SEP y una de Anuies.

No obstante, la ley general de ciencia vigente, dado que también incluye la personalidad jurídica del ahora Conahcyt, establece a una Junta de Gobierno como máxima instancia de decisión de todo el sector; no menciona ningún Consejo General, excepto para los Centros Públicos de Investigación. El centro de las decisiones, entre ellas las que corresponden al SNI, ya no será principalmente interno, corresponderá a la Junta de Gobierno. Esa que se instaló el pasado 7 de junio (Comunicado No. 394)

Lo hemos dicho en este mismo Acelerador de Partículas: El mayor cambio en el SNI en este periodo ha sido espoleado por la limitación de los recursos financieros. Desde su fundación el programa se expandió paulatina e inexorablemente, algunos años más y otros menos, pero siempre en ascenso. Además, y fue el problema más incontenible en los últimos años, los beneficiarios alcanzaban, cada vez con mayor rapidez, los niveles más altos del programa. Así que la demanda de un presupuesto creciente ha sido todavía más veloz y esa presión se extendió a la participación relativa en los recursos del Conacyt.

La primera opción para contener la presión sobre los recursos financieros fue suspender el apoyo a investigadores del sector privado y limitarse al sector público, pero la medida no pareció suficiente porque, en realidad, el volumen de particulares en el SNI era reducido, alrededor de un siete por ciento del total.

Luego vino la modificación de los periodos para escalar de un nivel del SNI al siguiente. Ahora le tomará alrededor de 24 años a un candidato a investigador llegar al peldaño más alto del sistema; después, la iniciativa de hacer efectivo un orden prelación para otorgar los incentivos. No fueron las únicas modificaciones, como también lo hemos comentado en este espacio, pero sí las más relevantes para disminuir la presión sobre el financiamiento.

El reglamento vigente operó desde la convocatoria del año pasado, cuando el orden prelación parecía inminente y al final no fue aplicado. Sin embargo, este año sí será el punto de referencia para valorar las consecuencias de los cambios en el SNI. Por una parte, porque la convocatoria anterior fue el primer ensayo, ahora quizás habrá una mayor dureza y apego a las medidas del reglamento; las tendencias en las estadísticas del programa comenzarán a dibujarse.

Por otra parte, vale la pena recordar que la ley general de ciencia no está firme, su legalidad se dirimirá en la Suprema Corte de Justicia y tomará su tiempo. Otro tanto ocurre con los amparos promovidos de forma individual por algunos miembros de la comunidad científica. O sea, la norma está en suspenso, aunque su aplicación no se ha detenido.

El asunto es que, como ya lo anotamos, ahora una Junta de Gobierno es el máximo órgano de decisión del Conahcyt y de todo el sector. La Junta es presidida por la directora del Conahcyt, participan 13 secretarios de Estado, el titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y ocho representantes de los sectores social y privado. Ese será el centro de las decisiones, incluyendo lo concerniente al SNI.

Los testimonios y los números pronto nos mostrarán qué y cómo cambió el SNI.

Pie de página: Para el registro: La directora del Conahcyt, María Elena Álvarez Buylla, en medio de especulaciones y varios desencuentros, estuvo el lunes de esta semana en el Instituto de Astronomía de la UNAM.




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