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Alejandro Canales Sánchez

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Ley general de ciencia: un año para alinear reglamentos

Canales-Sánchez, A. (julio 06, 2023). Ley general de ciencia: un año para alinear reglamentos. Suplemento Campus Milenio. Núm. 1004. 2023-07-06

Los hilos de la madeja normativa se enredan cada día más en el campo científico y tecnológico. Usted recordará que la nueva Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI) fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 8 de mayo. Ya es una ley vigente.

Lo que corresponde, en los casos en los que hay una nueva disposición normativa jerárquicamente superior, es alinear todo el conjunto de reglamentos que dependen de ese ordenamiento. No obstante, el asunto no es tan sencillo como parece, al menos en esta nueva ley.

El proceso legislativo de su aprobación fue irregular y muy cuestionado, así que legisladores y miembros de la comunidad científica han interpuesto acciones de inconstitucionalidad en contra de esa y otra leyes que se aprobaron el pasado 29 de abril. El expediente está en el escritorio de la Suprema Corte de Justicia y ahí se tomará la decisión final.

Sin embargo, la Corte tiene múltiples asuntos y no hay una fecha precisa de cuándo resolverá. La semana pasada, el diputado Santiago Creel, presidente de la mesa directiva, anticipó que le solicitará a la Corte considerar el tema del Conacyt como asunto de atención prioritaria, “atendiendo una petición de la comunidad científica del país, de científicos de distintas universidades, de distintos institutos de investigación que desean que se resuelva lo más pronto posible su situación” (Conferencia 29.06.2023)

A su vez, las autoridades del ahora denominado Conahcyt han puesto en marcha las nuevas disposiciones de la ley general. Lo de menos es el cambio de nomenclatura del organismo, lo relevante es la operación de nuevas instancias de gestión, la modificación de programas y la serie de reglamentos que se derivan de la ley.

Las relaciones entre la autoridad del sector y miembros de la comunidad científica han sido ríspidas desde el inicio del periodo; el diseño de la ley ha sido uno de los motivos. No es ninguna sorpresa que la dirección del Conahcyt se apresure a llevar a efecto lo que establece la ley general, con independencia de si la Suprema Corte de Justicia la declarará válida o no y a pesar de las inconformidades que pueda causar.

Por otro lado, la adecuación de la normatividad secundaria podría esperar, porque el artículo sexto transitorio de la nueva LGMHCTI dice que “En un plazo de un año, contado a partir de la entrada en vigor de esta Ley, el Consejo Nacional expedirá las disposiciones reglamentarias y administrativas a que se refiere este ordenamiento legal, así como aquéllas necesarias para su cabal cumplimiento, en concordancia con su contenido”.

Pero la autoridad tiene prisa y al día siguiente de la publicación de la ley general, inició las modificaciones. Incluso el día que quedó instaurada la Junta de Gobierno del Consejo Nacional, el pasado 7 de junio, ese mismo día aprobó y envió a la Comisión nacional de Mejora Regulatoría (Conamer) la adecuación de cinco normas para su análisis.

En la tubería de la Conamer están los nuevos reglamentos de Becas y del Sistema Nacional de Investigadores, los lineamientos de los Proyectos Nacionales Estratégicos y del Sistema Nacional de Posgrados, así como el Estatuto Orgánico del Conahcyt. Todos con la solicitud de exención de Análisis de Impacto Regulatorio y lo más probable es la Conamer no tenga ningún reparo en concederla.

De hecho, el nuevo estatuto del Conahcyt ya pasó el trámite de la Conamer. El pasado 30 de junio fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y ya es plenamente vigente. ¿El hecho tiene importancia? Sí. Después de todo, es la cabeza del sector, su organización y funcionamiento involucran a todos. Además, ya no existe una ley orgánica del organismo, su personalidad jurídica quedó incluida en la nueva ley general, a pesar de que no es una ley federal.

Sin embargo, no se puede soslayar que es altamente probable que la Corte se incline por la invalidez de la nueva ley general de ciencia, el cúmulo de evidencias muestran que su aprobación no cumplió con los procedimientos mínimos de legalidad en el Congreso.

El caso es complicado porque la autoridad del sector continúa como si no hubiera ningún pendiente, los programas siguen los nuevos lineamientos y las instancias previstas en la ley se instauran y toman decisiones. Aunque, al parecer, las entidades federativas todavía no armonizan su marco jurídico a la nueva ley, tienen un año para hacerlo, según lo indica en el octavo transitorio.

En fin, ¿qué ocurrirá si va para atrás la nueva ley general de ciencia? Seguramente sus disposiciones quedarán sin efecto y los hechos consumados serán impugnados por sectores inconformes. Otra vez nadie sabrá a qué atenerse, una vez más los conflictos se resolverán en los tribunales, pasará el tiempo y el proceso se repondrá.

Lo incomprensible es que bien se pudo dialogar y alcanzar un mínimo consenso, pero no, los puentes de entendimiento están dinamitados. Así no se puede.

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