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Roberto Rodríguez Gómez

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Observaciones al PEF

Rodríguez-Gómez, R. (diciembre 09, 2004). Observaciones al PEF. Suplemento Campus Milenio. Núm. 109 2004-12-09

Inconforme con el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2005 aprobado por los diputados, el pasado 1ro. de diciembre el titular del ejecutivo lo devolvió a la cámara junto con un texto de observaciones para que los legisladores reconsideren varios de los cambios acordados. Es un documento extenso organizado en dos grandes apartados. El primero contiene observaciones de orden general, el segundo observaciones específicas, las que incluyen algunas sobre las reasignaciones presupuestales de las universidades públicas y otras instituciones del sistema.

La controversia entre poderes sobre el PEF no ha concluido y aún pueden desarrollarse trayectorias distintas. El panorama se complica por el retorno de los precios petroleros a niveles inferiores a los previstos en la iniciativa, por la expectativa de que el ejecutivo interponga un recurso de controversia ante la Suprema Corte, y por la posibilidad de que Hacienda haga valer su atribución de recortar el presupuesto si suceden contingencias económicas en el flujo de ingresos.

Por lo pronto, es de interés considerar las observaciones presidenciales porque, independientemente del resultado, dan cuenta de la perspectiva del ejecutivo en materia de política universitaria, y porque expresan la postura gubernamental sobre varios temas colaterales: el financiamiento del sistema, las relaciones entre las instituciones y la SEP, el marco jurídico de la educación superior, entre otros.

La primera observación del texto hace notar que “las asignaciones adicionales no responden a (los) criterios (del Programa Nacional de Educación) ya que se observa que se otorgaron a Universidades Públicas Estatales, dejando sin recursos adicionales a una parte de las Universidades de Apoyo Solidario, y a la totalidad de Universidades Tecnológicas Estatales y Universidades Politécnicas” (pág. 81). Si la percepción del ejecutivo es que la reasignación dejó fuera a un segmento del conjunto, lo más prudente sería negociar para que se añadan fondos a las UPEAS que faltan, así como a las tecnológicas y politécnicas no consideradas, lo que implicaría añadir y no restar recursos al subsidio federal. No estaría nada mal.

Una segunda observación recae sobre las competencias de Hacienda y SEP para administrar y distribuir los recursos aprobados. Al respecto se invoca el artículo 23 de la Ley General de Coordinación de la Educación Superior que, según el ejecutivo, concede a la SEP amplias facultades distributivas. Sin embargo, la interpretación textual de la norma no excluye la posibilidad de que los legisladores determinen partidas específicas para programas o instituciones. En la práctica, el presupuesto de las IES “federales” (UNAM, UAM, IPN, UPN) es sugerido por Hacienda y aprobado por la legislatura federal, mientras que el subsidio federal a las IES estatales es normalmente distribuido por la SEP, y nadie se altera.

Además, la Constitución concede facultades expresas a la Cámara de Diputados para modificar, si a su juicio procede, “el proyecto enviado por el ejecutivo federal” (art. 74 fracción IV). Si el proyecto contiene, como es el caso, partidas específicas para las IES, el Congreso tiene entonces la capacidad de modificarlas. No hay contradicción jurídica si se aprecia que ambos poderes cuentan con facultades distributivas autorizadas, aunque de distinto nivel. No obstante, el orden jerárquico de la legislación concede la razón a los diputados.

Una tercera observación recae sobre el presupuesto autorizado por los diputados a los Comités Interinstitucionales para la Evaluación de la Educación Superior (CIEES). El argumento es que dichos comités son “cuerpos colegiados que carecen de sustento legal para realizar las funciones de evaluación y acreditación de las instituciones públicas de educación” (pág. 83).

Con que esas tenemos. Si los CIEES son ilegales ¿cómo se explica que en las actuales Reglas de Operación de los Programas Integrales de Fortalecimiento Institucional (PIFI), mediante las cuales la SEP distribuye recursos extraordinarios a las IES, se incluya la regla: “Los CIEES y, en su caso, los organismos acreditadores (sic) reconocidos por el COPAES, darán cuenta de los impactos generados por la ejecución del Programa, a través del seguimiento, la evaluación, o acreditación en su caso, de los programas educativos de las IES públicas participantes; asimismo la Secretaría informará a la H. Cámara de Diputados, por conducto de su Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, sobre las instancias en comento” (Reglas de Operación del FOMES 2004, regla 8, evaluación externa).

Entre las observaciones puntuales sobre los recursos adicionales otorgados a las IES destacan dos más. Una acerca de la reasignación para el IPN, sobre la cual se argumenta que “además cuenta (el IPN) con los ingresos excedentes, cuya estimación anual es de 250 millones de pesos” (pág. 84). Conviene puntualizar que el Politécnico no “cuenta” con esos ingresos, sino que apenas ahora, con la Ley de Ingresos 2005, se abre tal posibilidad, por cierto no sólo para el IPN sino para todas las IES públicas (art. III, párrafo 8).

Otra se refiere al CINVESTAV y cuestiona la reasignación porque “se promueve un dispendio de los recursos del erario público y se desestimula (sic) la generación de recursos propios y la vinculación con la industria nacional” (pág. 84). ¿Cómo podría dispendiar recursos el CINVESTAV, haciendo más proyectos, consolidando sus postgrados, contratando más personal o comprando más revistas y equipo? Aparte, el argumento neoliberal lo resume todo: si se restan recursos a las IES que hacen investigación, con suerte van a generar su propio sostenimiento ¿gracias a quien?, a la industria nacional.




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