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Roberto Rodríguez Gómez

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La Ley de Educación Superior de Jalisco

Rodríguez-Gómez, R. (marzo 17, 2022). La Ley de Educación Superior de Jalisco. Suplemento Campus Milenio. Núm. 940. 2022-03-17

La Ley General de Educación Superior (LGES), aprobada el 19 de abril de 2021, incluyó en un artículo transitorio la disposición según la cual “dentro de los ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico de conformidad con el Decreto. Dicho proceso se llevará a cabo en un marco en el que se considere la participación de las instituciones de educación superior, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en política educativa”.

La armonización indicada admite dos posibilidades. La primera es reformar las leyes educativas estatales para incorporar en ellas las disposiciones de la LGES atendibles en el ámbito de las entidades federativas y su jurisdicción. La segunda es la opción de formular leyes de educación superior de carácter estatal. Ambas opciones están siendo exploradas en las legislaturas de los estados. En Jalisco y en Puebla se han legislado y aprobado leyes estatales de educación superior que guardan armonía con la ley general. A decir verdad, no solo son armónicas con la LGES sino que, prácticamente, la replican.

En el caso de Jalisco, para cumplir con la regla de proceder a la consulta ciudadana para la formulación de la ley local, durante el mes de agosto de 2021 la Subsecretaría de Educación Superior, lanzó una consulta virtual de participación y organizó dos foros temáticos (23 y 25 de agosto). La consulta y los foros versaron sobre once temas: mejora continua; inclusión social, planeación; evaluación y acreditación; investigación científica en las IES; vinculación; educación normal y de formación docente; instituciones particulares; pertinencia; reconocimiento de competencias y conocimientos, revalidación y acreditación de estudios, y financiamiento. Todo ello en materia de educación superior. Según se reportó, a través de este mecanismo, se recogieron más de tres mil aportaciones sobre los temas propuestos.proyecto de decreto sobre la ley que, a la postre, sería la base para la construcción de la norma estatal. Dicho proyecto fue remitido a la comisión de educación de la legislatura.

También el 28 de octubre, en la lectura de su tercer informe de gobierno, el gobernador Enrique Alfaro señaló “Jalisco requiere de la creación de su Ley de Educación Superior, misma que generará en el futuro una profunda transformación en el Sistema de Educación Superior en aspectos de planeación, normatividad, incorporación de tecnologías digitales, nuevos modelos educativos, aspectos de financiamiento e impulso de la cobertura, pertinencia de la oferta educativa y excelencia de la misma. Por ello, la SICYT ha participado activamente en el análisis de la Ley General de Educación Superior, sus implicaciones para el Estado de Jalisco, el desarrollo de una consulta pública y la creación de una propuesta para la Ley de Educación Superior del Estado de Jalisco.”

El 30 de noviembre se organizó, de manera virtual, un ejercicio de parlamento abierto, convocado bajo el rubro “Consulta y Socialización de la Iniciativa que expide la ley de Educación Superior del Estado de Jalisco”, en el cual se ventilaron puntos de vista de especialistas, legisladores, académicos y autoridades universitarias.

No obstante la amplitud del proceso deliberativo que antecedió a la formulación de la ley local, el proyecto aprobado por la comisión de educación reproducía, con algunas modificaciones de forma, el contenido íntegro de la LGES, salvo en los aspectos en que la federación estableció competencias exclusivas. Además, como hizo notar Carlos Iván Moreno en su columna “Jalisco sin gratuidad educativa”, Milenio, 10 de diciembre 2021), la nueva iniciativa excluía una de las contadas innovaciones para la ley estatal, aquella que instituía un fondo estatal especial complementario al subsidio federal, contenido en el artículo 65 del proyecto original de MC.

El debate en el pleno (6 de diciembre 2021) se concentró entonces en el tema del financiamiento, solo en ello. Al cabo de un intercambio de opiniones, se impuso la mayoría (MC con apoyo de Morena) para que, en lugar del texto del artículo 65 quedara un artículo transitorio con la siguiente formulación: “Para dar cumplimiento al Título Sexto del presente decreto (financiamiento de la educación superior), una vez que se ejecute la disposición transitoria del Ramo 11 relativa a la Educación Pública, del Presupuesto de Egresos de la Federación, el titular del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Hacienda del Estado de Jalisco, deberá implementar la acciones necesarias, conforme a las obligaciones de las entidades establecidas en la Ley General de Educación Superior, conforme a la existencia de suficiencia presupuestal.”

Esta fórmula, un tanto críptica, significa que, una vez que exista y se distribuya el fondo especial federal para la gratuidad de la educación superior, el estado de Jalisco determinará el monto de recursos adicionales que puede aportar y que estos quedan sujetos a la suficiencia presupuestal. La falta de acuerdo sobre el tema del financiamiento estatal para el sistema local de educación superior dio lugar a una votación dividida: con 21 votos a favor, 14 en contra y una abstención.




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