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Roberto Rodríguez Gómez

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El proyecto de ley de ciencia: financiamiento incierto

Rodríguez-Gómez, R. (mayo 05, 2022). El proyecto de ley de ciencia: financiamiento incierto. Suplemento Campus Milenio. Núm. 946. 2022-05-05

El proyecto de Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, presentado por el Conacyt a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria para su posible promoción, como iniciativa de ley del ejecutivo federal, al Congreso, contiene modificaciones importantes al mecanismo de financiamiento público del sector sancionado por la Ley de Ciencia y Tecnología vigente.

La norma vigente creó un órgano colegiado de máxima autoridad para tomar las decisiones relevantes en materia de investigación científica y desarrollo tecnológico. Fue denominado “Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación” y estaría integrado por: el presidente de la República que lo convocaría y presidiría; los once titulares de la secretarías de Estado que reciben presupuesto federal para tareas de ciencia y tecnología; el coordinador general del Foro Consultivo Científico y Tecnológico; el presidente de la Academia Mexicana de Ciencias; un representante de la Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología; tres representantes del sector productivo (designados por el titular del ejecutivo federal); un representante del Sistema de Centros Públicos de Investigación, y el Secretario General Ejecutivo de la Anuies. Además, a título personal, participarían en el órgano dos integrantes de la academia, representativos de los ámbitos científico o tecnológico, que serían renovados cada tres años a través de una consulta a los miembros del Sistema Nacional de Investigadores (artículo 5).

Dicho Consejo General tendría entre sus facultades varias directamente relacionadas con el control del presupuesto federal para el sector. Según la norma, se ocuparía de definir prioridades y criterios para la asignación del gasto público federal, así como de la definición de áreas estratégica y programas prioritarios, a los que se debería otorgar especial atención y apoyo presupuestal. Además, el órgano colegiado tendría que establecer los lineamientos presupuestales que deberían considerar las entidades de la administración pública federal para realizar y apoyar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación. Por último, lo más importante, el Consejo General tendría la responsabilidad de aprobar el presupuesto consolidado de ciencia, tecnología e innovación que se incluiría en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, y también conocer el seguimiento y evaluación de la aplicación de los recursos (artículo 6).

La propuesta de presupuesto consolidado sería encargada a un comité intersecretarial, que la presentaría al Consejo General para su aprobación y comunicación a la instancia responsable de la integración del presupuesto federal de egresos (artículo 9). Tómese en cuenta que la expresión “presupuesto consolidado” representa los recursos, fiscales y propios, que el conjunto de las secretaría de Estado y el Conacyt podrían ejercer durante el ejercicio anual. Se incluye, además, el presupuesto para la función de investigación científica de universidades públicas autónomas de sostenimiento federal.

En el proyecto de nueva ley de ciencia el Consejo General creado por la ley de 2002 desaparece. Algunas de sus facultades quedarían concentradas, de aprobarse la norma, en los órganos directivos del Conacyt, es decir la dirección general del organismo y su junta de gobierno. Sin embargo, el papel que cumplía el Consejo General en la integración, negociación y aprobación del presupuesto consolidado para ciencia y tecnología quedaría vacante. El proyecto no se pronuncia al respecto y se abre la interrogante: ¿A quién corresponde, en consecuencia, la formulación del presupuesto consolidado? En la iniciativa que promueve el Conacyt no hay respuesta.

Otro punto relevante: en la ley vigente se indica que “el monto anual que el Estado Federación, entidades federativas y municipios destinen a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, deberá ser tal que el gasto nacional en este rubro no podrá ser menor al 1 por ciento del producto interno bruto del país mediante los apoyos, mecanismos e instrumentos previstos en la presente Ley” (artículo 9-bis). En lugar de una meta cuantitativa similar, el proyecto de Ley formula un principio de carácter abstracto: “El Estado apoyará la investigación humanística y científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, además de garantizar el acceso abierto a la información que derive de ellos, para lo cual proveerá de recursos y estímulos suficientes, oportunos y adecuados, de manera irreducible y conforme al principio constitucional de progresividad y no regresión” (artículo 20). De aprobarse, lo único que establecería la ley general es que el presupuesto para el sector no debe ser decreciente, pero ninguna indicación sobre su monto proporcional.

Una más. En el proyecto de Conacyt se propone que “el presupuesto federal destinado a investigación, desarrollo tecnológico e innovación se ejercerá preferentemente a través de los programas presupuestarios del ramo 38” (artículo 21). Esta disposición entra en conflicto con la proporción presupuestal del ramo 11 que distribuye recursos para investigación entre las instituciones públicas de educación superior, que hoy por hoy supera notablemente los recursos administrados por Conacyt. ¿Se piensa acaso que debe disminuir la proporción de gasto para investigación en universidades, instituciones tecnológicas y escuelas normales en favor del presupuesto para Conacyt? Hay que discutirlo.

El proyecto de ley del Conacyt incluye un artículo transitorio, el vigésimo, que refleja la pauta de austeridad en materia de ciencia y tecnología impuesta por el gobierno. Dice: “Los gastos que se generen con motivo de la entrada en vigor de la presente Ley no darán lugar a ampliaciones presupuestarias y, en todo caso, serán con cargo al presupuesto previamente autorizado para el sujeto de derecho público que se trate.”

Al parecer no mejoraría con la nueva ley, sino al contrario, el escenario de los recursos económicos requeridos para consolidar el sistema nacional de ciencia y tecnología del país.




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