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Roberto Rodríguez Gómez

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El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XVI: Las reglas cambian: Ley de Ciencia y Tecnología de 2002

Rodríguez-Gómez, R. (septiembre 21, 2023). El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XVI: Las reglas cambian: Ley de Ciencia y Tecnología de 2002. Suplemento Campus Milenio. Núm. 1013. 2023-09-21

El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ I
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ II
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ III
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ IV
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ V
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ VI
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ VII: El diseño del Conacyt
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ VIII: La rearticulación del sistema en los setenta
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ IX: Conacyt: los primeros pasos
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ X: Los ochenta: políticas de austeridad y creación del SNI
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XI: La primera ley de ciencia
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XII
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XIII: el viraje: política de ciencia y tecnología en los noventa
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XIV: La Ley de Fomento de 1999
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XV: Vientos de cambio, la encrucijada del nuevo siglo

El 5 de junio de 2002 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ciencia y Tecnología que reemplazaba a la previa Ley de para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica, que solo tuvo vigencia dos años. La idea original era reformar la norma expedida en 1999 para incorporar en ella las modificaciones que fueran pertinentes conforme a los elementos de política científica y tecnológica incorporados al Plan Nacional de Desarrollo del sexenio y desarrollados en el “Programa Especial de Ciencia y Tecnología” para el mismo periodo. Pero las cosas ocurrieron de un modo diferente.

El 4 de diciembre de 2001, el presidente Fox envió a la Cámara de Diputados una iniciativa para establecer la Ley Orgánica del Conacyt y adicionar y reformar la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica. El 11 de diciembre de ese año, el director general del Conacyt, Jaime Parada Ávila, presentó la iniciativa a las comisiones de Ciencia y Tecnología de ambas cámaras. Las cámaras acordaron que el análisis y revisión de dicha iniciativa se llevaría a cabo en forma conjunta, a través del mecanismo de conferencia.

La reforma propuesta por el Ejecutivo, elaborada por el Conacyt, contenía cuatro aspectos fundamentales: la creación de un Consejo General de Ciencia y Tecnología; el establecimiento de mecanismos específicos de coordinación intersecretarial; la ampliación de funciones del Foro Permanente de Ciencia y Tecnología; y diversas disposiciones para armonizar la propuesta con la nueva normativa en materia de estímulos fiscales para la inversión privada en el sector y su fiscalización.

Las Comisiones Unidas acordaron convocar a las personas, grupos e instituciones interesadas en el tema para que presentaran observaciones y sugerencias acerca del diseño normativo propuesto. Aunque en ese momento la expresión “parlamento abierto” no era usual en la práctica parlamentaria sino, en todo caso, se aludía a la “consulta” de interesados, lo cierto es que el proceso de interlocución abierto rendiría frutos. Desde marzo de 2002 tuvieron lugar varias sesiones de trabajo entre las Comisiones Unidas y autoridades del sector de ciencia y tecnología, así como entre los parlamentarios y distintos grupos de interés que tuvieron oportunidad de presentar propuestas.

En su informe de trabajo de 2002 de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Senado se reporta que: “Integrantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología, participamos en diferentes foros convocados por las organizaciones del sector académico, científico y de la investigación, recuperando, analizando e integrando las diversas propuestas vertidas en estos eventos”, y que “el 12 de abril del año en curso, la Comisión de Ciencia y Tecnología organizó un foro de consulta con la comparecencia directa de investigadores y representantes de instituciones que por sus actividades tienen interés en los ordenamientos legislativos materia de este dictamen. Se presentaron, leyeron y comentaron veinticinco ponencias que abarcaron todos los temas contenidos en la Iniciativa”. Además, se reporta que instituciones y grupos académicos organizaron foros y reuniones de diálogo con presencia y participación de legisladores de la comisión indicada.

A mediados de mayo de 2002 las Comisiones Unidas, tomando en cuenta las aportaciones recibidas, así como su propia revisión sobre la iniciativa de reforma a la norma de 1999, proponen una nueva ley que tendría como denominación la de Ley de Ciencia y Tecnología. Con ese enfoque llevaron a cabo el dictamen correspondiente para su propuesta al pleno de ambas Cámaras.

Entre los principales aspectos del contenido de dicha ley destacan, por su importancia, los siguientes: La creación del Consejo General de Investigación Científica y desarrollo Tecnológico; la identificación del Conacyt como cabeza del sector ciencia y tecnología; la creación del Foro Consultivo Científico y Tecnológico; la creación de una Conferencia Nacional de Ciencia y Tecnología, como mecanismo permanente de coordinación entre el Conacyt y los gobiernos de las entidades federativas, a través de los Consejos Estatales y organismos para el apoyo a la investigación científica y tecnológica, así como el mandato de conformar e implementar una Red Nacional de Grupos y Centros de Investigación, a la cual se podrían adscribir los grupos de investigadores de instituciones de investigación públicos, sociales y privados.

El Consejo General, máximo órgano de autoridad del sistema de ciencia y tecnología, sería presidido por el titular del poder Ejecutivo, lo integrarían como miembros permanentes los titulares de diez secretarías de Estado (Relaciones Exteriores, Hacienda, Energía, Economía, Comunicaciones y Transportes, Educación, Salud, Semarnat y Sagarpa). También sería integrante permanente el coordinador del nuevo Foro Consultivo, así como el director general del Conacyt, quien sería responsable de la secretaría técnica del órgano. Se estableció, además, que en dicho Consejo General participarían, a título personal, cuatro invitados del presidente de la República a propuesta del director del Conacyt. Para formular tales propuestas, el Conacyt en conjunto con el Foro Consultivo realizaría una auscultación que valorara la trayectoria y méritos de los candidatos y su representatividad en los ámbitos científico, tecnológico y empresarial.

En materia de distribución de los recursos para el sector, la Ley sistematizó los fondos de apoyo a la ciencia y la tecnología, al precisar disposiciones relativas a sus modalidades de fondos institucionales, sectoriales y mixtos. También se estableció en la Ley un principio de coordinación entre la SEP y el Conacyt, en el cual tendría relevancia el apoyo conjunto a los posgrados.

La Ley de Ciencia y Tecnología expedida en 2002 tuvo vigencia hasta la promulgación de la reciente Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnología e Innovación (DOF, 8 de mayo de 2023), es decir más de veinte años. En ese periodo múltiples modificaciones de forma y fondo fueron incorporadas. Próximamente las comentaremos.




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