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Roberto Rodríguez Gómez

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El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XX. El Foro

Rodríguez-Gómez, R. (octubre 26, 2023). El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XX. El Foro. Suplemento Campus Milenio. Núm. 1018. 2023-10-26

El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ I
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ II
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ III
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ IV
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ V
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ VI
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ VII: El diseño del Conacyt
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ VIII: La rearticulación del sistema en los setenta
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ IX: Conacyt: los primeros pasos
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ X: Los ochenta: políticas de austeridad y creación del SNI
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XI: La primera ley de ciencia
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XII
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XIII: el viraje: política de ciencia y tecnología en los noventa
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XIV: La Ley de Fomento de 1999
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XV: Vientos de cambio, la encrucijada del nuevo siglo
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XVI: Las reglas cambian: Ley de Ciencia y Tecnología de 2002
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XVII. Alternancia: La política de descentralización
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XVIII. Participación del sector privado
El gobierno de la ciencia en México. Una retrospectiva/ XIX: El porcentaje quimérico

La creación del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT) fue ordenada por la Ley de Ciencia y Tecnología de 2002 (DOF, 5 de junio 2002). Previamente, la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica (DOF, 21 de mayo 1999) había dispuesto la operación de un Foro Permanente de Ciencia y Tecnología, en calidad de “órgano autónomo de consulta del Poder Ejecutivo”, con la misión de “promover la expresión de la comunidad científica y tecnológica, así como de los sectores social y privado (…) para la formulación de propuestas en materia de políticas y programas de investigación científica y tecnológica” (artículo 23).

La Ley de 1999 indicaba que en el Foro Permanente tendrían participación representantes del Consejo Consultivo de Ciencias de la Presidencia, la Anuies, la Academia Mexicana de Ciencias (AMC) y la Asociación Mexicana de Directivos de la Investigación aplicada y el Desarrollo (ADIAT). La norma preveía que, además de la composición indicada, podrían participar “otras instituciones y personas relacionadas con la investigación científica y tecnológica” (artículo 23), y establecía como sus principales funciones las de participar en la formulación y evaluación de políticas de apoyo a la investigación y desarrollo tecnológico, en la formulación y evaluación de programas, en proponer áreas prioritarias, incluyendo la formación de investigadores, en opinar sobre Centros Públicos de Investigación (CPI) y en materia de estímulos fiscales.

En virtud de su condición de órgano autónomo, la Ley de Fomento no precisó la integración completa del Foro, ni reguló su operación. Se indicó, en cambio, que “el propio Foro propondrá las bases de su funcionamiento” (artículo 23), y que el Conacyt otorgaría los apoyos necesarios para su operación (artículo 24). Por último, en un transitorio de la norma, se agregó que, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la ley, la SEP, por conducto del Conacyt, convocaría a las instituciones y personas integrantes del Foro para su constitución (artículo sexto transitorio).

Cabe agregar que con algunas semanas de anticipación a la promulgación de la Ley de Fomento, fueron aprobadas varias reformas a la ley que creó el Conacyt en 1970. La reforma de esa norma constitutiva incluyó la creación de un Consejo Consultivo Científico y Tecnológico, auxiliar de la Junta Directiva del Conacyt (DOF, 21 de mayo 1999). Dicho órgano estaría integrado por veinticinco miembros titulares, representativos, en su gran mayoría, de la comunidad de ciencia y tecnología. La participación de los consejeros sería honorífica. Aunque el órgano estaría principalmente destinado a asesorar las tareas del Conacyt, resultaba evidente la posibilidad de traslape con la función de consultoría adjudicada al Foro Permanente.

A pesar del plazo fijado, la creación del Foro Permanente demoró más de lo previsto. Quien fuera su coordinador, Antonio Peña Díaz, académico de la UNAM, refirió, al respecto, que “en la realidad, el Foro se instaló el 3 de octubre de 2000; es decir, 17 y no seis meses después de promulgada la Ley. Aunque su primera reunión, el 17 de noviembre del mismo año, pudo realizarse con fondos proporcionados amablemente por Conacyt, la asignación de los fondos para su operación no tuvo lugar sino hasta principios de diciembre de 2000. Este retraso de 11 meses, aparentemente trivial, implica que las labores del Foro, consistentes en opinar para el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, se han construido mediante una consulta que por fuerza debió apresurarse durante los últimos meses” (Antonio Peña Díaz, Leyes para la ciencia, ¿facilitadores?”, en: Gabriela Díaz y Diego Valadés, Investigación y desarrollo en la reforma fiscal, UNAM, 2016).

En su breve periodo de existencia, apenas año y medio, el Foro Permanente consiguió cumplir con varios aspectos de su encomienda. En particular, participó en la definición del Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2001-2006; asesoró a legislaturas y gobiernos de los estados en el proceso de establecer leyes locales en materia de ciencia y tecnología; facilitó la participación de especialistas y académicos en los foros y debates relacionados con la construcción de la Ley de Ciencia y Tecnología de 2002.

Desde el punto de vista de las comunidades académicas, la propuesta de un Foro Permanente era aceptable, en términos generales, pero debía ser ampliada y precisada en sus funciones, así como incluir en su integración a las instituciones, organizaciones y comunidades representativas de los sectores académico, social y de la iniciativa privada que desempeñaban actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico. Esta propuesta, entre otras, fue transmitida tanto a las autoridades gubernamentales como al legislativo federal.

En respuesta a la inquietud del sector académico, se elaboró una iniciativa de decreto en que el Ejecutivo federal proponía diversas “reformas y adiciones a la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica” (4 de diciembre 2001). En la exposición de motivos del proyecto se indicaba que la reforma reforzaría “las funciones del Foro Permanente de Ciencia y Tecnología para que esta instancia de participación de la comunidad científica, académica, tecnológica y empresarial pueda enriquecer con propuestas y opiniones la definición y ejecución de políticas de fomento, la vinculación de la investigación científica y la educación, la vinculación de la modernización, la innovación y el desarrollo tecnológico con los sectores productivos, así como promover una mayor participación de estos sectores en la investigación científica y el desarrollo tecnológico del país”. No obstante, lo único que la propuesta de reforma indicaba al respecto era que “dentro de los seis meses siguientes el Conacyt realizará las actividades necesarias para adecuar las bases de funcionamiento del Foro Permanente de Ciencia y Tecnología en los términos de este Decreto”, nada más.

Dada la generalizada insatisfacción con la reforma propuesta por el presidente Fox Quezada, el legislativo optó por generar, en su lugar, una ley de ciencia y tecnología sustitutiva de la de 1999. En ella se decretó la creación del Foro Consultivo Científico Tecnológico, con un perfil que mejoraba notablemente la composición y funciones del Foro Permanente. Vale la pena dedicar el próximo capítulo de la serie a ello.




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